Micelio

Artículo 2

Ley 29 de 1962 · Por la cual se asocia la Nación al centenario de la fundación del Distrito de Mosquera (Cundinamarca), y se decretan unos auxilios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para conmemorar el primer centenario de la fundación del Distrito de Mosquera, y en ejercicio de lo dispuesto por la Ley 46 de 1946 , y sobre la celebración de centenarios, la Nación concederá un auxilio por la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00), la que deberá incluírse en el proyecto de Presupuesto que someta el Gobierno a la consideración del Congreso para la vigencia del año de 1962, y si ello no fuere posible, lo hará en los que correspondan a la mencionada vigencia y a las subsiguientes, y con facultad para abrir los créditos adicionales a que hubiere lugar.

El auxilio será distribuído de la siguiente manera:

1.

Para la pavimentación de las calles y plazas de la población, doscientos mil pesos ($ 200.000).

2.

Para la construcción de la plaza de mercado, cincuenta mil pesos ($ 50.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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