Artículo tercero . El Ministerio de Relaciones Exteriores, por intermedio de su Departamento de Presupuesto y Contabilidad, solicitará el concurso de la Contraloría y de la Tesorería de la República, para acordar en detalle la reglamentación del servicio de pagos en el Exterior a que alude el artículo 1º de este Decreto.
Decreto 215 de 1957 →Vigente
Artículo 3
De Este Decreto
Decreto 215 de 1957 · Por el cual se centralizan unos pagos en Bogotá y se conceden unas autorizaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.