Art 21. En el exámen jeneral para optar al grado de Doctor en Medicina, se calificarán las tesis i el exámen respectivo, i cada examinador interrogará al postulante, durante treinta minutos, sobre cualquiera de las materias que comprende la enseñanza de la Escuela. La calificacion se hará en los mismos términos que en los demás exámenes jenerales.
Decreto 18730710 de 1873 →Vigente
Artículo 21
Decreto 18730710 de 1873 · Por el cual se reforman algunas disposiciones del (de 3 de agosto de 1872) "orgánico de la Universidad nacional.".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.