Micelio

Artículo 2.36.9.1.8

Modalidades De Servicios Que Pueden Prestar Las Sociedades Administradoras De Fondos De Pensiones A Través De Corresponsales

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modalidades de servicios que pueden prestar las sociedades administradoras de fondos de pensiones a través de corresponsales. Las sociedades administradoras de fondos de pensiones, en desarrollo de las operaciones autorizadas conforme a su régimen legal, podrán prestar por medio de corresponsales los siguientes servicios:

1.

Recaudo y pago de recursos asociados a la vinculación a fondos de pensión voluntaria.

2.

Recolección y entrega de documentación e información relacionada con la vinculación a fondos de pensión voluntaria.

3.

Expedición y entrega de extractos.

Parágrafo

Los corresponsales de sociedades administradoras de fondos de pensiones no podrán vincular ni prestar ningún tipo de asesoría para la vinculación de clientes.

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.36.9.1.8. Autorización. Los IMC deberán enviar a la Superintendencia Financiera de Colombia para su aprobación, de forma previa a su celebración, los modelos de contratos de mandato que pretendan suscribirse con los Corresponsales Cambiarios, así como cualquier modificación.

En todo caso, los IMC deberán mantener a disposición de la Superintendencia Financiera de Colombia la información completa y actualizada de los Corresponsales Cambiarios y de los contratos celebrados con ellos, en su domicilio principal.

De acuerdo con los literales a), d), e) y f) del numeral 4 del artículo 326 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia podrá efectuar visitas de inspección a los corresponsales y exigir toda la información que considere pertinente.

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) continuará controlando el ejercicio de las actividades de los Profesionales de Compra y Venta de Divisas a que se refiere el artículo 100 de la Ley 1328 de 2009, de conformidad con lo previsto en el presente título y la Resolución 3416 de 2006, y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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