Micelio

Artículo 2.3.1.6.5.1

Situaciones De Desastre O Calamidad Pública

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Situaciones de desastre o calamidad pública. En las situaciones contempladas en el artículo 56 y 57 de la Ley 1523 de 2012, el Fondo podrá financiarse de las siguientes fuentes

1.

Las establecidas en la Ley 1523 de 2012.

2.

Recursos provenientes de créditos contingentes adquiridos por la Nación y demás mecanismos de protección financiera que existan.

3.

Créditos suscritos por la Nación con instituciones financieras del mercado nacional o internacional.

4.

Los demás recursos que obtenga a cualquier título de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo 1

del artículo 47 de la Ley 1523 de 2012.

Parágrafo 1

°. De acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 1523 de 2012, la suscripción de seguros, bonos y demás instrumentos para la transferencia del riesgo que garanticen un ingreso para el Fondo serán implementados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la subcuenta de protección financiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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