Escalafonamiento de Técnicos en el Cuerpo Administrativo. Los civiles a que se refiere el artículo 39 del Decreto 1211 de 1990 para escalafonarse como Suboficiales del Cuerpo Administrativo, deberán cumplir con los siguientes requisitos
Elevar solicitud escrita al Comando de la Fuerza a la cual desean pertenecer;
Someterse a las pruebas y exámenes de idoneidad que determine el respectivo Comando de Fuerza;
Acreditar antecedentes de honorabilidad comprobados y condiciones morales compatibles con la Institución;
No sobrepasar la edad de treinta (30) años, ni ser menor de dieciocho (18) años;
Adelantar un curso de orientación militar con duración mínima de doce (12) semanas y con una intensidad del ochenta por ciento (80%) del tiempo en materias militares, de acuerdo con la Directiva expedida por el respectivo Comando de Fuerza;
Aptitud sicofísica.