Micelio

Artículo 3

De La Lei De 1

Decreto 185112191 de 1851 · Sobre establecimiento del distrito judicial de Antioquia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Escediendo la poblacion del distrito de sesenta mil almas, sin pasar de cien mil, el sueldo de los empleados del Tribunal será el siguiente, sin perjuicio del mayor que tenga a bien asignar la Cámara de provincia: de nueve mil seiscientos reales cada ministro juez; de ocho mil reales el fiscal; de cuatro mil ochocientos el secretario; de dos mil cuatrocientos el oficial, ¡ de mil doscientos el portero escribiente, cuyas cantidades son el minimum señalado por la parte final del artículo 4.° de la lei de 1.° de junio de este año, adicional i complementaria de la de descentralizacion de rentas i gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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