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Artículo 1

Adiciónase El Título 8 Al Libro 10 De La Parte 2 Del Decreto Número 2555 De 2010, El Cual Quedará Así: "título 8 Administración De Sistemas De Subasta Para La Determinación De Tarifas Interbancarias De Intercambio 2

Decreto 848 de 2013 · por el cual se adiciona el Decreto 2555 de 2010, en lo relacionado con la administración de sistemas de subasta para la determinación de tarifas interbancarias de intercambio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adiciónase el Título 8 al Libro 10 de la Parte 2 del Decreto número 2555 de 2010, el cual quedará así: "TÍTULO 8 ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS DE SUBASTA PARA LA DETERMINACIÓN DE TARIFAS INTERBANCARIAS DE INTERCAMBIO 2.10.8.1.1 Administración de sistemas de subasta para la determinación de tarifas interbancarias de intercambio. Las bolsas de valores podrán administrar sistemas de subasta para la determinación de tarifas interbancarias de intercambio de que trata el literal d) del artículo 2.1.4.1.1 del presente decreto, lo cual comprenderá las siguientes actividades

a)

Administrar los mecanismos de votación que se implementen en el marco de los sistemas de subasta para la determinación de tarifas interbancarias de intercambio.

b)

Calcular y publicar las tarifas interbancarias de intercambio que se obtengan como resultado de la ejecución de los mecanismos de votación.

c)

Conservar los antecedentes y registros de los mecanismos de votación."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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