Micelio

Artículo 2

Del Decreto Número 1752 De 1948 Que Organizó El Departamento De Cooperativas Del Ministerio De Obras Públicas, En El Sentido De Que El Sueldo Del Jefe Director De Dicho Departamento Será De $ 600 Mensuales

Decreto 1840 de 1948 · Por el cual se modifica el Decreto número 1752 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Modificase el artículo 2º del Decreto número 1752 de 1948 que organizó el Departamento de Cooperativas del Ministerio de Obras Públicas, en el sentido de que el sueldo del Jefe Director de dicho Departamento será de $ 600 mensuales. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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