A Partir Del 1º De Enero De 1989, El Subsidio De Alimentación Para Los Funcionarios Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión -Inravisión-, Será De Cinco Mil Cuatrocientos Ochenta Y Ocho Pesos ($5
Decreto 17 de 1989 · Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º A partir del 1º de enero de 1989, el subsidio de alimentación para los funcionarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión-, será de cinco mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos ($5.488.00) mensuales. No tendrá derecho a este subsidio el funcionario que esté gozando de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.
Parágrafo
Cuando el Instituto suministre alimentación a los empleados, no habrá lugar al reconocimiento del subsidio en dinero.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.