Micelio

Artículo 16

Decreto 1425 de 2000 · por el cual se establecen los procedimientos para otorgar títulos habilitantes para el establecimiento dentro del territorio nacional de redes radioeléctricas de distribución punto multipunto de banda ancha en la banda de 38 GHz y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Protección a los servicios por satélite y a las redes en la banda de 38 GHz. Los titulares habilitados conforme a lo dispuesto en este decreto, no podrán dirigir haces de emisiones radioeléctricas a los emplazamientos de estaciones terrenas destinadas al servicio fijo por satélite y a la exploración de la tierra por satélite. Así mismo, es responsabilidad de los titulares no causar interferencia a otras redes en la banda de 38 GHz y tomar las medidas técnicas necesarias para evitar interferencias en su red.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1425 de 2000