Decreto 858 de 1905 · Orgánico de la Estadística nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 5.° Los Jefes de las Oficinas centrales de Estadística quedan fecal-dos para compeler con multas hasta de doscientos pesos ($ 200) a los empleados y a los Rematadores y Administradores de rentas nacionales que no suministren loa datos que les corresponda o que te les piden o que no los remitan en la forma y tiempo ordenados.
Parágrafo
Dichas multas ingresarán a los fondos del Tesoro nacional.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.