Micelio

Artículo 2

La Dirección Y Administración De Las Obras Públicas De Los Distritos Municipales Y De Los Caminos Y Demás Vías De Comunicación, Cuya Apertura Y Conservación Corresponda Á Los Municipios, Estará Á Cargo De Las Juntas Departamentales Y Distritales De Que Trata La Citada Ley 60 De 1905

Decreto 1184 de 1908 · Por el cual se reglamenta la Administración de las obras públicas de los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Dirección y Administración de las obras públicas de los Distritos Municipales y de los caminos y demás vías de comunicación, cuya apertura y conservación corresponda á los Municipios, estará á cargo de las Juntas Departamentales y Distritales de que trata la citada Ley 60 de 1905. Las cuestiones técnicas relacionadas con las obras á que se refiere este artículo serán resueltas por el Ingeniero Nacional del Departamento respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1184 de 1908