Micelio

Artículo 2

El Mencionado Comité Estará Integrado De La Siguiente Manera: - El Director De La Oficina De Asuntos Internacionales Del Ministerio De Justicia Y Del Derecho O Su Delegado

Decreto 2482 de 1994 · por el cual se crea el Comité Interinstitucional para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El mencionado Comité estará integrado de la siguiente manera: - El Director de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho o su delegado. - El Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Justicia y del Derecho, o su delegado. - El Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, o su delegado. - Un delegado del Director del Departamento Administrativo de Seguridad DAS. - Un delegado del Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, y - Un delegado del Defensor del Pueblo.

Parágrafo

La Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia y del Derecho será encargada de las funciones de secretaría del Comité.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2482 de 1994