Micelio

Artículo 20

Uso Temporal De Los Indicativos De Llamada

Decreto 963 de 2009 · por el cual se reglamenta el Servicio de Radioaficionado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Uso temporal de los indicativos de llamada . Las asociaciones de radioaficionados registradas podrán solicitar el uso temporal de indicativos de llamada para la realización de eventos o certámenes especiales, previa autorización del Ministerio de Comunicaciones y por el término de duración de los mismos. El Ministerio de Comunicaciones podrá otorgar temporalmente distintivos de llamada compuestos por los prefijos 5J o 5K, asignados internacionalmente a Colombia, y un sufijo con una, dos o tres letras a continuación del dígito de la zona. Para el efecto, la solicitud de la asociación de radioaficionados deberá ir acompañada de los siguientes elementos

1.

Solicitud escrita por el representante legal de la asociación de radioaficionados, dirigida al Ministerio de Comunicaciones.

2.

Bases y propósitos del concurso o evento.

3.

Lista de los radioaficionados que van a participar como organizadores, manejadores u operadores.

4.

Fecha y duración del concurso o evento.

Parágrafo

Los cayos colombianos y territorios insulares tendrán los prefijos permanentes otorgados por el Ministerio de Comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 963 de 2009