Micelio

Artículo 53

Con Destino A La Procuraduría General De La Nación, Por Intermedio De La División De Registro Y Control, Y Al Consejo Superior De La Administración De Justicia, Por Conducto De La División De Asistencia A La Rama Jurisdiccional Del Ministerio De Justicia, Los Presidentes De Las Corporaciones Judiciales Y Las Demás Autoridades Nominadoras Comunicarán A Más Tardar Dentro De Los Cinco 85) Días Siguientes, Toda Elección O Nombramiento Que Hagan

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 53. Con destino a la Procuraduría General de la Nación, por intermedio de la División de Registro y Control, y al Consejo Superior de la Administración de Justicia, por conducto de la División de Asistencia a la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia, los Presidentes de las corporaciones judiciales y las demás autoridades nominadoras comunicarán a más tardar dentro de los cinco 85) días siguientes, toda elección o nombramiento que hagan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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