Representación para el ejercicio de derechos. Los depósitos de valores locales establecerán a través de sus reglamentos mecanismos eficaces, públicos y suficientes, que permitan a los inversionistas extranjeros en valores locales, directamente o a través de mandatarios, ser representados ante el emisor local para el ejercicio de los derechos que otorguen tales valores. Así mismo, los depósitos locales podrán realizar todas las actividades necesarias ante los demás depósitos extranjeros, para garantizar a los inversionistas locales en valores extranjeros el ejercicio de sus derechos ante los respectivos emisores extranjeros.
Decreto 2555 de 2010 →Vigente
Artículo 2.14.4.1.7
Representación Para El Ejercicio De Derechos
Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.