Micelio

Artículo 9

Del Citado Decreto Numero 107; De Los Derechos Consulares Establecidos Por El Artículo 1°

Decreto 141 de 1958 · por el cual se autorizan algunas importaciones libres de impuestos y derechos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo las importaciones que en uso de la autorización anterior efectué la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, estarán exentas de depósitos previos en el Banco de la Republica establecidos por los artículos 7°. del decreto numero 637 de1951 y 8°. del decreto numero 107 de 1955; del impuesto de giros creado por el artículo 9º del citado decreto numero 107; de los derechos consulares establecidos por el artículo 1°. del decreto legislativo numero 2144 de 1955; de los derechos de aduana, y de cualquier otro derecho o impuesto que grave la importación de mercancías al país, o el giro de las monedas extranjeras para el pago de su valor.

Parágrafo

La Caja de Crédito Agrario venderá las materias primas importadas de conformidad con este Decreto a las fábricas consumidoras en las condiciones que para tal fin y con el objeto de evitar alzas en los precios de venta de llantas y neumáticos, se acuerden con dichas fábricas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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