Micelio

Artículo 9

El Decreto Número 208 Dictado Por La Gobernación De Cundinamarca, " Por El Cual Se Reglamenta La Penitenciaría De Bogotá," Continuará En Vigencia, En Cuanto No Se Oponga Al Presente, Hasta Que Se Dicte El Que Debe Regir Definitivamente En Dicho Establecimiento

Decreto 396 de 1893 · Por el cual se reglamenta el Panóptico de la Capital de la República

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El decreto número 208 dictado por la Gobernación de Cundinamarca, " por el cual se reglamenta la Penitenciaría de Bogotá," continuará en vigencia, en cuanto no se oponga al presente, hasta que se dicte el que debe regir definitivamente en dicho Establecimiento. Dado en Ubaque, Departamento de Cundinamarca, á los 21 de enero de 1893. M.A.CARO Refren

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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