Micelio

Artículo 63

Evaluación A Los Agentes De Aduana Y Auxiliares

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Evaluación a los agentes de aduana y auxiliares. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá, directamente o a través de terceros, realizar evaluaciones de conocimiento técnico a los agentes y auxiliares de las agencias de aduana, a efectos de otorgar la autorización, para verificar su idoneidad profesional y conocimiento en aduanas y en comercio exterior. A estos efectos, también podrán acreditarse cursos o eventos de capacitación en legislación aduanera y de comercio exterior, impartidos por entidades reconocidas, según lo disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. De igual manera, se podrán exigir evaluaciones o acreditaciones con posterioridad a la autorización, cuando se considere necesario, sujeto a las condiciones que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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