Micelio

Artículo 7

Los Oficiales De Reclutamiento Comprobarán La Inversión De Los Fondos Que Reciban Para Auxilios De Marcha De Los Conscriptos, Con La Presentación De Los Recibos Individuales De Éstos, O Con Los Recibos De Los Alcaldes En Caso De Que Hayan Tenido Que Velarse De Tales Funcionarios Para Hacer La Repartición De Los Mencionados Auxilios

Decreto 1770 de 1923 · Por el cual se llama al servicio activo el contingente de 1924

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Oficiales de Reclutamiento comprobarán la inversión de los fondos que reciban para auxilios de marcha de los conscriptos, con la presentación de los recibos individuales de éstos, o con los recibos de los Alcaldes en caso de que hayan tenido que velarse de tales funcionarios para hacer la repartición de los mencionados auxilios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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