º . Contratistas . El contrato de seguro contra accidentes de que trata el presente Decreto podrá celebrarse con entidades públicas o privadas debidamente acreditadas por laSuperintendencia Bancaria, cuyo objeto tenga inmediata relación con la constitución de seguros, sujetándose a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación con el Fondo Nacional de Calamidades y a los procedimientos que en materia contable tiene este establecidos.
Decreto 2012 de 2003 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2012 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo nuevo de la Ley 418 de 1997, incorporado por el artículo 39 de la Ley 782 de 2002.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.