Micelio

Artículo 104

Decreto 1260 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las Personas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde el punto de vista formal son nulas las inscripciones

1.

Cuando el funcionario actúe fuera de los límites territoriales de su competencia.

2.

Cuando los comparecientes no hayan prestado aprobación al texto de la inscripción.

3.

Cuando no aparezca la fecha y lugar de la autorización o la denominación legal del funcionario.

4.

Cuando no aparezca debidamente establecida la identificación de los otorgantes o testigos, o la firma de aquellos en estos.

5.

Cuando no existan los documentos necesarios como presupuestos de la inscripción o de la alteración o cancelación de ésta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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