°. La adjudicación a que se refiere la disposiciones legal anteriormente citada, sólo podrá versar sobre terrenos baldíos que no constituyan reserva territorial del estado; que no estén destinados a ningún servicio o uso público y que se adjudicación no este prohibida por disposiciones legales reglamentarias. La adjudicación deberá constar en resolución dictada por el Ministerio de industrias y trabajo, tendrá el carácter de título traslaticio de dominio y, en consecuencia, deberá ser registrada, y quedara sometida a todas las disposiciones que rijan sobre adjudicación de baldíos en el momento de hacerse esa adjudicación, la cual se hará dejando a salvo, en todo caso. Los derechos de terceros.
Decreto 1200 de 1935 →Vigente
Artículo 6
La Adjudicación A Que Se Refiere La Disposiciones Legal Anteriormente Citada, Sólo Podrá Versar Sobre Terrenos Baldíos Que No Constituyan Reserva Territorial Del Estado; Que No Estén Destinados A Ningún Servicio O Uso Público Y Que Se Adjudicación No Este Prohibida Por Disposiciones Legales Reglamentarias
Decreto 1200 de 1935 · Por el cual se reglamenta el artículo 4° de la Ley 30 de 1931.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.