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Artículo 37

Funciones De Los Gerentes De Los Terminales

Decreto 2465 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Empresa Puertos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Gerentes de los terminales . Son funciones de los Gerentes de los terminales

1.

Dirigir la ejecución de las operaciones portuarias conforme al Reglamento Nacional de Operaciones Portuarias y a las políticas trazadas por las Juntas Directivas y por el Gerente General de la Empresa.

2.

Dirigir la ejecución de las labores de mantenimiento de las instalaciones y equipo portuario.

3.

Adjudicar y celebrar los contratos y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento de las funciones del terminal, a nombre de la Empresa en cuantía hasta de dos millones de pesos. Cuando la cuantía de los mismos sea superior a dos millones de pesos, se requiere la autorización previa de la Junta Directiva del terminal.

4.

Sujeto a la planta adoptada, contratar personal, promover, remover, conceder vacaciones, permisos y licencias e imponer sanciones a los trabajadores del terminal marítimo.

5.

Cumplir y hacer cumplir los estatutos, reglamentos y demás normas de la Empresa y las decisiones que, dentro de sus atribuciones, adopten la Junta Directiva Nacional, el Gerente General y la Junta Directiva del terminal.

6.

Colaborar en la preparación del presupuesto de inversión y rehabilitación de obras y equipos, de acuerdo con el desarrollo futuro del puerto, el orden de prioridades de los programas a ejecutar y la justifcación de costo -beneficio, en relación con su propia zona de influencia.

7.

Cumplir y hacer cumplir las convenciones colectivas de trabajo y en caso de discrepancia interpretativa de las mismas, acudir a la Gerencia General para su aclaración.

8.

Presentar para aprobación de la Junta Directiva del terminal, el presupuesto de ingresos y gastos y los estados financieros.

9.

Rendir al Gerente General y a la Junta Directiva del terminal los informes de gestión que se le soliciten.

10.

Tomar las medidas que sean indispensables para la operación del puerto.

11.

Constituir mandatarios que representen a la Empresa en asuntos judiciales, relativos al terminal marítimo.

12.

Delegar en otros funcionarios del terminal las funciones que le son propias.

13.

Las demás funciones que le asignen los estatutos o que le sean delegadas por el Gerente General o la Junta Directiva del terminal. CAPITULO V Del personal

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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