Micelio

Artículo 1

Las Funciones Propias De La Administración De Impuestos Nacionales De Riohacha De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° De Cargos Denominación De Empleo Clase Grado Sueldo Básico Despacho Del Administrador 1 Administrador De Impuestos I 27 $ 11

Decreto 1774 de 1976 · Por los cuales se establece la Planta de Personal de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Riohacha de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las funciones propias de la Administración de Impuestos Nacionales de Riohacha de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: N° de Cargos Denominación de empleo Clase Grado Sueldo Básico Despacho del Administrador 1 Administrador de Impuestos I 27 $ 11.400 1 Abogado I 19 6.600 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 1 Operador Equipo de Transmisión II 10 2.830 1 Mecanógrafo III 10 2.830 3 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 2.120 1 Celador II 7 2.120 División de Documentación Sección de Secretaría, Correspondencia y Archivo 1 Sustanciador II 12 3.420 Sección de Análisis y Crítica de Documentos 1 Jefe de Sección V 22 8.400 1 Liquidador de Impuestos III 16 5.000 1 Mecanotaquígrafo II 10 2.830 1 Mecanógrafo III 10 2.830 2 Oficinista III 9 2.570 División de Auditoría Sección de Auditoría Interna 1 Jefe de Sección V 22 8.400 3 Liquidador de Impuestos III 16 5.000 1 Oficinista IV 11 3.110 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Oficinista III 9 2.570 Sección de Auditoría Externa 1 Jefe de Sección IV 20 7.200 1 Investigador Tributario III 19 6.600 1 Investigador Tributario II 17 5.500 1 Sustanciador II 12 3.420 1 Mecanógrafo III 10 2.830 2 Oficinista III 9 2.570 División de Recaudo 1 Visitador de Hacienda Nacional III 18 6.000 1 Visitador de Hacienda Nacional II 16 5.000 Sección de Cuentas Corrientes y Caja 1 Jefe de Sección V 22 8.400 1 Pagador III 16 5.000 1 Cajero III 13 3.770 2 Oficinista IV 11 3.110 1 Oficinista III 9 2.570 1 Expendedor de Especies Venales II 9 2.570 Sección de Cobranzas 1 Jefe de Sección V 22 8.400 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Oficinista III 9 2.570 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 2.120 Sección de Contabilidad 1 Jefe de Sección V 22 8.400 3 Auxiliar de Contabilidad III 14 4.140 1 Mecanógrafo III 10 2.830 2 Oficinista III 9 2.570 Recaudaciones de Impuestos Nacionales Recaudación de Impuestos Nacionales de III Categoría en Maicao 1 Recaudador de Impuestos VI 21 7.800 1 Cajero II 11 3.110 1 Auxiliar de Servicios Generales V 9 2.510 1 Expendedor de Especies Venales I 7 2.120 Recaudación de Impuestos Nacionales de V Categoría en Fonseca 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de V Categoría en San Juan del Cesar 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de V Categoría en Villanueva 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de VI Categoría en Barranca 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de VI Categoría en Dibulia 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de VI Categoría en Carraipía 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de VI Categoría en Manaure 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de VI Categoría en Uribía 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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