Causales de disolución . El Banco se disolverá por el vencimiento del término previsto para su duración si no hubiere sido prorrogado válidamente, por decisión de la Asamblea General, adoptada conforme a los Estatutos y a la ley. Cuando la disolución provenga de causal que permita adoptar las medidas conducentes para evitar los efectos de la misma, tales medidas deberán adoptarse en los términos del artículo 220 del Código de Comercio.
Decreto 1918 de 1991 →Vigente
Artículo 59
Decreto 1918 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco Tequendama.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.