° Abrese al Poder Ejecutivo el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos de 1910, con la imputación que pasa á expresarse:
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Gastos varios.
Artículo 253. Minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez:
Parágrafo 1
° Para pagar los gastos ocasionados hasta la fecha, y los que se causen hasta el 31 de Diciembre del presente año, en la explotación de dichas minas, $ 28,250.