La Superintendencia de Industria y Comercia o la entidad competente podrá verificar en cualquier momento, si el producto está cumpliendo o no con la Norma Técnica Colombiana Oficial Obligatoria y el fabricante deberá suministrarle los datos que ésta solicite. De igual manera deberá permitir la inspección de sus fábricas e instalaciones con este propósito.
Decreto 2746 de 1984 →Vigente
Artículo 20
Decreto 2746 de 1984 · Por el cual se dictan disposiciones sobre normalización técnica, control de las calidades; certificación; pesas y medidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.