Las adjudicaciones hechas por el gobierno en cambio de títulos de baldíos, de terrenos situados en regiones ó comarcas propias para el cultivo y producción de bananos quedan firmes é irrevocables y como tales las declara la ley.
Parágrafo
Ratificanse á los ocupantes, á título de cultivadores de terrenos situados en las regiones ó comarcas expresadas, los derechos que las leyes de la materia les reconocen y los cuales deben serle adjudicados, previas las formalidades requeridas.