Autorícese al Gobierno Nacional, para que, dentro de los lineamientos del marco fiscal de mediano plazo, incorpore las partidas presupuestales para la producción y emisión de programas radio y televisión de que trata el artículo 5° de la presente Ley, así como para la remodelación, recuperación, construcción y terminación de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social e histórico del municipio de Puerto Rondón en Arauca:
Monumento al llanero Rondoneño.
Biblioteca municipal, con una subdivisión sobre el municipio, incluido sus antecedentes históricos y culturales.
Construcción del salón Museo Histórico y Cultural del Municipio.
Construcción de murales históricos de la evolución del municipio de Puerto Rondón en el Malecón Ecoturístico.