Micelio

Artículo 8

Ley 55 de 1966 · Por la cual se dictan medidas para el fomento del turismo y la colonización en la Costa del Pacífico, se declara de utilidad pública la construcción de unas obras, y se ordenan otras, se hace una cesión y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Declárase de utilidad pública la adaptación de la playa de Bazán, en la Bocana de Buenaventura, para servicios de Balneario popular de ese Puerto. En consecuencia, el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Fomento y la Dirección Nacional de Turismo, procederá a señalar las zonas suficientes de la citada playa, lo mismo que a realizar los necesarios acondicionamientos para el servicio turístico, tales como construcción de un Hotel tipo tropical con moteles auxiliares, atracadero de embarcaciones, provisión de servicios de luz y agua potable, acondicionamientos que igualmente se hacen extensivos al Balneario del Pacífico contemplado en el artículo primero de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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