Todo periódico puede publicarse sin necesidad de autorización previa, con la simple declaración hecha ante la primera autoridad política del lugar, en papel sellado, y en que se exprese:
El título del periódico y el modo de su publicación;
El nombre, domicilio y nacionalidad de su director;
La indicación del establecimiento en que va a imprimirse;
Si se trata o nó de un periódico de carácter político;
La nómina de sus empleados.
Todo cambio en estas condiciones, debe anunciarse a la misma autoridad tan pronto como ocurra.