Funciones de la Subdirección de Salud Ambiental y Cambio Climático . Son funciones de la Subdirección de Salud Ambiental y Cambio Climático las siguientes
Liderar la formulación, implementación y evaluación de la Política Integral de Salud Ambiental (PISA).
Liderar la formulación, implementación y evaluación del Sistema Unificado de Información en Salud Ambiental (SUISA), en coordinación armónica con las demás dependencias involucradas del Ministerio de Salud y Protección Social.
Formular y evaluar la implementación de las normas, reglamentos, políticas, programas , planes, estrategias y proyectos en materia de prevención, control e intervención de los factores de riesgos, generación de factores protectores, promoción de la salud e intervenciones de los determinantes sanitarios y ambientales de la salud asociados a los componentes de la Salud Ambiental (calidad del agua y saneamiento básico, agua para uso recreacional, seguridad química, zoonosis, calidad del aire, habitabitabilidad, inspección, vigilancia y control sanitario- IVC).
Orientar técnicamente y promover los estudios e investigaciones necesarios para identificar los efectos en salud relacionados con los determinantes sanitarios y ambientales.
Realizar estrategias de promoción de la salud y de prevención y control de factores de riesgo en salud ambiental, en coordinación con entidades nacionales, territoriales o privadas involucradas.
Prestar asistencia técnica en los temas a su cargo.
Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
Elaborar, implementar y hacer el seguimiento de políticas, planes, programas, proyectos para mitigar y adaptarse a los efectos del cambio climático en el marco de los componentes de la salud ambiental y los determinantes sanitarios y ambientales de la salud, de manera articulada intersectorial y sectorialmente.
Establecer junto con las demás entidades competentes, los lineamientos para la formulación, implementación y evaluación de una política pública destinada a la gestión de pasivos ambientales.
Evaluar anualmente con los demás ministerios competentes, el cumplimiento de las regulaciones de orden técnico, de higiene, seguridad y laborales sobre la exploración y explotación de asbesto, a los títulos o permisos vigentes, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo XII, de la Ley 685 de 2001.
Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.