Micelio

Artículo 3

Decreto 1725 de 1956 · Por el cual se suprime una dependencia en el Ministerio de Educación Nacional, se ordena el pago de unas cuentas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Condónase a la Cooperativa de Maestros de Boyacá la deuda de dos mil setecientos ochenta y cuatro pesos con treinta centavos ($ 2.784.30) moneda legal, que tiene con el Pondo Rotatorio del calzado Escolar, por suministro de calzado que el Almacén de Tunja hizo a esta Cooperativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1725 de 1956