Micelio

Artículo 6

Decreto 203 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Estructura . La Superintendencia de Valores tendrá la siguiente estructura: A. Sala General B. Despacho del Superintendente

1.

Oficina de Control Interno.

2.

Oficina de Sistemas.

3.

Oficina Asesora Jurídica. C. Despacho del Superintendente Delegado para Emisores 1. División de Registro Nacional de Valores e Intermediarios. 2. División de Ofertas Públicas. 3. División de Supervisión a Emisores. D. Despacho del Superintendente Delegado para Intermediarios y Mercados 1. División de Vigilancia a Intermediarios y Mercados. 2. División de Estándares. E. Despacho del Superintendente Delegado para Carteras Colectivas 1. División de Revelación y Estándares. 2. División de Vigilancia a Carteras Colectivas. F. Despacho del Superintendente Delegado para Investigaciones 1. División de Evaluación. G. Secretaría General 1. División Administrativa y Financiera. 2. División de Recursos Humanos y Capacitación. H. Organos de Asesoría y Coordinación 1. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 2. Comisión de Personal. 3. Comité de Defensa Judicial y Conciliación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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