° El Administrador Principal de Correos de Cundinamarca remesará en oportunidad a los Jefes de las Oficinas Subalternas los saldos respectivos, para el efecto de saldar la cuenta. Comuniqúese y publiquese.
Decreto 1640 de 1916 →Vigente
Artículo 3
El Administrador Principal De Correos De Cundinamarca Remesará En Oportunidad A Los Jefes De Las Oficinas Subalternas Los Saldos Respectivos, Para El Efecto De Saldar La Cuenta
Decreto 1640 de 1916 · Por el cual se reglamenta el pago de saldos a favor de los Jefes de las Oficinas Subalternas de Correos del Departamento de Cundinamarca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.