Micelio

Artículo 14

El Instituto Responderá Por Las Obligaciones De La Oficina, Las Cuales No Podrán Contraerse Sino Dentro De Las Facultades Que El Instituto Le Confiera

Decreto 892 de 1967 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 232 de 10 de marzo de 1967, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto responderá por las obligaciones de la Oficina, las cuales no podrán contraerse sino dentro de las facultades que el Instituto le confiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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