Micelio

Artículo 21

Ley 7 de 1990 · por la cual se dictan normas sobre la naturaleza jurídica, objeto, estructura y vigilancia de los Fondos Ganaderos y se asignan unas funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derógase los artículos 26 al 44 de la Ley 5ª de 1973, 60 al 93 del Decreto 1562 de 1973, y 7 y 9 de la Ley 4ª de 1980, los Decretos 2819 de 1979 y 2713 de 1981.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1990