Modificación del artículo 2.10.1.7 del Título 1 de la Parte X del Libro 2 del Decreto 1080 de 2015, Único Reglamentario del Sector Cultura, el cual quedará así: Artículo 2.10.1.7. Participación artística y técnica colombiana en coproducciones nacionales de largometraje. Para la acreditación del porcentaje de personal artístico y técnico colombiano en coproducciones de largometraje, se observarán los siguientes requisitos mínimos según la participación económica nacional en la producción y el tipo de obra de que se trate. El personal artístico y técnico colombiano elegible para los efectos aquí previstos será el que ejerza los cargos señalados en las tablas a continuación
Personal artístico colombiano en coproducciones nacionales de largometraje:
Personal técnico colombiano en coproducciones de largometraje:
Las personas con las cuales se acredita la participación a la que se refiere el presente artículo deben desempeñarse en cargos diferentes.