Micelio

Artículo 8

Los Precios Que Se Tomarán En Cuenta Para La Elaboración Y Ejecución De Los Presupuestos De Consumo De Material, Serán Los Corrientes De Costo, Según Los Libros Del Almacén, O En Defecto De Éstos, Los Que Indique La Información Comercial Respectiva; Pero En Este Último Caso, Al Ingresar El Artículo Al Almacén Y Al Consumirse, Se Tomará Su Precio Real De Adquisición, Y Por El Monto De La Diferencia Entre Éste Y El Presupuesto Primitivo Se Hará La Corrección Que Corresponda

Decreto 192 de 1938 · por el cual se reglamenta los servicios administrativos de la Armada Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los precios que se tomarán en cuenta para la elaboración y ejecución de los presupuestos de consumo de material, serán los corrientes de costo, según los libros del almacén, o en defecto de éstos, los que indique la información comercial respectiva; pero en este último caso, al ingresar el artículo al almacén y al consumirse, se tomará su precio real de adquisición, y por el monto de la diferencia entre éste y el presupuesto primitivo se hará la corrección que corresponda. Material de Intendencia

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 192 de 1938