Micelio

Artículo 14

Ley 24 de 1921 · Sobre prenda agraria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El privilegio resultante de la prenda agraria caduca al vencimiento de dos años, contado desde la inscripción del contrato en el registro; pero el término de esta caducidad se interrumpe por la presentación de la demanda ejecutiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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