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Artículo 6

Subdirección De Asesoría Y Conceptualización Pensional

Decreto 681 de 2017 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Subdirección de Asesoría y Conceptualización Pensional. Corresponde a la Subdirección de Asesoría y Conceptualización Pensional desarrollar las siguientes funciones

1.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de competencia de la Unidad, en materia pensional.

2.

Preparar las ponencias jurídicas en materia pensional y prestacional, que deban ser presentadas para consideración del Director Jurídico y posterior adopción del Comité de Conciliación y Defensa Judicial.

3.

Realizar estudios e investigaciones sobre las principales causas generadoras de situaciones litigiosas en contra de la entidad en materia pensional, así como difundir y analizar a nivel interno los cambios normativos y jurisprudenciales que resulten relevantes en esta materia.

4.

Proponer al Comité de Conciliación y Defensa Judicial líneas argumentativas de defensa orientadas a unificar las actuaciones de intervención judicial y administrativa de la Unidad, en materia pensional.

5.

Revisar antes de su publicación que el material pedagógico, didáctico o de comunicación, elaborado por las diferentes dependencias, relacionado con el reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas, cumpla con las directrices de la Dirección Jurídica.

6.

Presentar, para la aprobación de la Dirección Jurídica, la agenda normativa relacionada con el reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas.

7.

Asesorar en materia de reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas y recomendar lineamientos para su estandarización.

8.

Administrar el sistema de relatoría en materia pensional.

9.

Garantizar que los procesos a su cargo respondan a los lineamientos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión (SIG), haciendo seguimiento al cumplimiento de las metas e indicadores establecidos.

10.

Participar en el proceso de identificación, medición y control de los riesgos operativos relacionados con los procesos a su cargo y verificar las acciones, tratamientos y controles implementados.

11.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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