Son funciones de la División de Servicio de Deuda
Elaborar el estimativo anual del servicio de la deuda de la Nación y de las correspondientes necesidades de cambio extranjero.
Ejercer el control sobre la ejecución de los presupuestos de la deuda de la Nación y solicitar la expedición de los correspondientes actos.
Elaborar las órdenes de pago para el oportuno servicio de la deuda de la Nación y ordenar su registro en el sistema de información de crédito público.
Aprobar los estados mensuales de cartera por servicio de la deuda de las entidades públicas con la Nación.
Supervisar el oportuno cumplimiento del servicio de la deuda por parte de las entidades públicas y preparar informes sobre su incumplimiento.
Desarrollar las funciones necesarias para la operación del Fondo de Monedas Extranjeras previsto en el artículo 97 del Decreto-ley 294 de 1973. 1.4.2. DIVISIÓN DE REGISTRO DE LA DEUDA.