Micelio

Artículo 2.2.9.1.2.3

Manual De Gobierno Digital

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Manual de Gobierno Digital. El conjunto de lineamientos, guías y estándares para la implementación y desarrollo de la Política de Gobierno Digital estarán contenidos en un único instrumento, centralizado, estandarizado y de fácil uso, denominado Manual de Gobierno Digital.

El Manual de Gobierno Digital será elaborado y publicado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en su sede electrónica, y deberá ser interactivo y desarrollado con esquemas simplificados para facilitar su uso y apropiación.

Para aquellos sujetos obligados que no cuenten con los niveles adecuados de conectividad o infraestructura tecnológica, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones publicará una versión que pueda ser consultada en otro formato.

Parágrafo 1

El Manual será actualizado cada vez que se expida o publique un lineamiento, guía o estándar. No obstante, podrá ser actualizado cuando así lo determine el Ministerio de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones o cuando así lo recomiende el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y la Consejería Presidencial para la Transformación Digital y Gestión y Cumplimiento, o quien haga sus veces.

Parágrafo 2

El Manual de Gobierno Digital se articulará con el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, así como con los lineamientos que defina el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) que se relacionen con los elementos de la Política de Gobierno Digital.

Parágrafo 3

El Manual de Gobierno Digital incorporará una Caja de Transformación Institucional Digital, herramienta técnica que permitirá a las entidades públicas fortalecer su institucionalidad, que contendrá herramientas prácticas para facilitar la aplicación de las guías, lineamientos y estándares de la Política de Gobierno Digital, para el desarrollo de sus capacidades internas.

Parágrafo

transitorio. Dentro de los 12 meses siguientes a la expedición del presente decreto, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones realizará un proceso de verificación y análisis de los lineamientos, guías y estándares expedidos con anterioridad a la vigencia de este decreto, y definirá las actualizaciones que corresponden, integrándolas en el mismo período al Manual de Gobierno Digital.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.9.1.2.3. Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

Artículo 2.2.9.1.2.3. Responsable de coordinar la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea en los sujetos obligados. El representante legal de cada sujeto obligado, será el responsable de coordinar, hacer seguimiento y verificación de la implementación y desarrollo de la Estrategia de Gobierno en línea.

(Decreto 2573 de 2014, artículo 7°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1078 de 2015