El reembolso del valor de las mercancías que se introduzcan del exterior a la Zona Franca no se hará por el mercado de certificados de cambio, salvo aquellas materias primas usadas para la transformación o elaboración de productos dentro de la Zona por industrias instaladas en ella con destino a abastecer la demanda nacional, introducidas del exterior por tales industrias, circunstancias que deberán ser demostradas por el interesada con la certificación correspondiente de la Gerencia de la Zona. En todo caso las transacciones de comercio internacional que impliquen importación de la Zona al resto del país o exportación de ella a otros países estarán sometidas al régimen de cambios consagrado por el Decreto 1082 de 1971 y las demás disposiciones sobre la materia, salvo las mercancías extranjeras en tránsito, cuya exportación al exterior se regirá por lo dispuesto en los artículos 37 y 43 del presente reglamento. La Gerencia de la Zona Franca no podrá dar curso a ninguna transacción de mercancías hacia el resto del país o hacia el exterior sin los correspondientes registros de importación o de exportación, en su caso.
Artículo 41
El Reembolso Del Valor De Las Mercancías Que Se Introduzcan Del Exterior A La Zona Franca No Se Hará Por El Mercado De Certificados De Cambio, Salvo Aquellas Materias Primas Usadas Para La Transformación O Elaboración De Productos Dentro De La Zona Por Industrias Instaladas En Ella Con Destino A Abastecer La Demanda Nacional, Introducidas Del Exterior Por Tales Industrias, Circunstancias Que Deberán Ser Demostradas Por El Interesada Con La Certificación Correspondiente De La Gerencia De La Zona
Decreto 1406 de 1973 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Francas, Industrial y Comercial de Buenaventura
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.