° La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero se obliga, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 33 de 1971, a expedir a nombre del Gobierno Nacional el respectivo título de suscripción de acciones de la Clase “A”, por valor de siete mil setecientos cincuenta y ocho millones de pesos ($ 7.758.000.000), con arreglo a la ley y a los estatutos de la entidad.
Artículo 5
La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Se Obliga, De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 33 De 1971, A Expedir A Nombre Del Gobierno Nacional El Respectivo Título De Suscripción De Acciones De La Clase “a”, Por Valor De Siete Mil Setecientos Cincuenta Y Ocho Millones De Pesos ($ 7
Decreto 1404 de 1990 · por el cual se ordena una emisión de títulos de deuda interna de la Nación, denominados “Pagarés Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero -Ley 78 de 1989” y se fijan sus condiciones financieras y de colocación.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.