º. Efectos Contables y Fiscales del Sistema de Ajustes por Inflación . De acuerdo con el inciso primero del artículo 330 del Estatuto Tributario el sistema de ajustes por inflación aplicado según las disposiciones contenidas en el Título V del Libro I de dicho Estatuto, con las modificaciones que le introdujo la Ley 174 de 1994, produce efectos para determinar el impuesto de renta y complementarios y el patrimonio de los contribuyentes. De acuerdo con el artículo 5º de la Ley 174 de 1994, para efectos de la contabilidad comercial se utilizará el sistema de ajustes integrales por inflación de acuerdo con lo previsto en las normas o principios de contabilidad generalmente aceptados, contenidos en el Decreto 2649 de 1993 y demás disposiciones que lo adicionen, modifiquen o sustituyan. Las entidades sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, la Superintendencia de Valores, la Superintendencia de Salud, la Superintendencia del Subsidio Familiar, el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas y otros entes con capacidad para expedir normas o principios de contabilidad, deberán atenerse además a lo que dispongan en materia de ajustes por inflación las respectivas entidades de vigilancia.
Decreto 326 de 1995 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 326 de 1995 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 174 de 1994 - Normas en materia de saneamiento aduanero y tributaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.