Micelio

Artículo 43

Selección De Suboficiales Para Las Escuelas De Formación De Oficiales

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Selección de suboficiales para las Escuelas de Formación de oficiales. Los suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo a que se refiere el Artículo 38 del Decreto 612 de 1977, podrán ser destinados en comisión del servicio a las Escuelas de Formación de oficiales cuando llenen los siguientes requisitos

a)

Elevar solicitud escrita al respectivo Comando de Fuerza.

b)

Concepto favorable del Comandante de la Fuerza.

c)

Haber sido clasificado durante todo el tiempo dela carrera como suboficial en lista número uno (1) o número dos (2), de acuerdo con el Reglamento de Calificación para el personal de las Fuerzas Militares.

d)

Cumplir los requisitos para ingreso exigidos en el prospecto de la respectiva Escuela de Formación de oficiales, con excepción del de la edad, cuyo límite se amplía hasta los veinticinco (25) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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