Micelio

Artículo 4

Ley 59 de 1896 · Sobre fomento de Escuelas de Artes y Oficios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los productos que se obtengan por los trabajos que se ejecuten en la Escuela, se aplicarán al desarrollo y ensanche de la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 59 de 1896